El 4 de febrero, 2015, el portal egipcio de noticias Akhbarak.net informó que el Centro del Fatwa de Qatar, un organismo perteneciente al gobierno de Qatar, había retirado de su portal una fatua que permite la ejecución en la hoguera. El Centro del Fatua es parte de la Autoridad de Orientación y Da’wa Religioso de Qatar, que pertenece al Ministerio de Dotaciones Religiosas y Asuntos Islámicos de este país. Según Akhbarak, el Centro del Fatua retiró el fatua de su portal Islamweb.net, [1] pocas horas después que se diera a conocer la incineración del piloto jordano Mu’adh Al-Kasasbeh por el Estado Islámico (EIIS). Sin embargo, una búsqueda de este portal revela que la fatua emitido en junio, 2009 está disponible en otra parte del portal qatarí, [2] así como también dos fatuas anteriores que hacen hincapié en lo mismo.

El fatua de junio, 2009 fue emitido en respuesta a una pregunta de un lector quien preguntó si era permisible ejecutar a un musulmán incinerándolo, agregando que alguien le había dicho acerca de estos casos. [3] El fatua emitido en respuesta indicaba que, por regla general, el sharia prohíbe incinerar vivo a alguien, pero que algunos estudiosos se inclinan en permitir esto como parte del principio de «medida por medida». Este fatua es similar en su contenido y conclusión al fatua emitido por el EIIS en la ciudad siria de Raqqa para justificar la incineración del piloto jordano, a pesar de que el fatua del EIIS fue emitido en respuesta a una pregunta sobre el incinerar a infieles y no musulmanes. [4] El fatua del EIIS declaró que el incinerar al piloto estaba justificado porque este había llevado a cabo ataques aéreos contra los musulmanes, causando su incineración.

Lo siguiente son extractos de los tres fatuas en el portal qatarí.

El fatua de junio, 2009 en el portal Islamweb

Algunos estudiosos religiosos estaban inclinados a permitir esto

«Pregunta: ¿Es lícito castigar a un musulmán, sunita o chiita, quemándolo? Por favor infórmenme, porque he recibido un correo electrónico sobre un musulmán que fue incinerado, y le respondí a la persona que me envió el correo electrónico [con una cita del hadith]: ‘sólo el Dios del fuego puede castigar con fuego’. Pero este se opuso a mi postura al punto que empecé a dudar de su veracidad».

«Respuesta: De acuerdo al sharia, el castigo por incinerar está prohibido, sin importar el estatus de una persona, ya que está escrito en el hadith: «sólo el Dios del fuego puede castigar con fuego’… [Así que] este hecho es un pecado prohibido por la injusticia que implica. En cuanto a un castigo impuesto por el líder musulmán en los criminales, es mejor para uno que es digno de muerte ser castigado con una muerte apropiada, según el hadith que dice: ‘si debes matar, entonces mata de la mejor manera’…

«[Sin embargo,] algunos estudiosos abogaron el matar a [un asesino] de la misma forma en que este asesinó a [su víctima], tal como está escrito en el libro Mukhtasar Khalil [del estudioso del siglo 14 Khalil Ibn Ishaq Al-Maliki]: ‘Este debe ser condenado a muerte en la forma que asesinó, incluso incinerado’. En la colección de hadiths de Al-Sahihain[se dice] que el Mensajero de Alá ‘aplastó el cráneo de un judío con dos piedras, al igual [que hizo el judío] con la esclava que este asesinó'». [5]

El Califa Abu Bakr castigó a un hombre con fuego

Al final del fatua, se proveen enlaces a otros dos fatuas. Uno de ellos, titulado «La Incineración de Iyas bin ‘Abd Yalil por el [Califa] Justo Abu Bakr’, fue publicado en febrero, 2006 en respuesta a la siguiente pregunta: «¿Cómo podemos reconciliar la prohibición del Profeta el incinerar a alguien con el incinerar del [Califa] Abu Bakr a Iyas bin ‘Abd Yalil durante las Guerras Ridda?…»

El fatua emitido en respuesta indicó: «La prohibición del Profeta es válida. Según el honorable hadith, el Profeta dijo: ‘sólo el Dios del fuego puede castigar con fuego’… [Sin embargo], los estudiosos religiosos estaban divididos sobre si esta prohibición es absoluta, o sólo se entiende como el [inculcar] humildad [hacia Dios]. [El jurisprudente Shafi’i] Ibn Hayar [Al-‘Asqalani] dijo en su libro Fath Al-Bari: «Esta prohibición no está destinada a prohibir [incinerar], sino sólo para [inculcar] humildad. Las acciones de los Compañeros del Profeta indican que el incinerar es permisible. El Profeta cegó a los miembros de la tribu ‘Uraina con un hierro candente. El [Califa] Abu Bakr castigó a criminales incinerándolos en presencia de los Compañeros del Profeta y el [Compañero del Profeta] Khalid Ibn Al-Walid [también] incineró a gente de entre los apóstatas. La mayoría de los estudiosos de Medina permitieron incinerar los caballos y carrozas con gente dentro… [Por el contrario, el estudioso] Ibn Al-Munir y otros dijeron: ‘No existen pruebas [para apoyar el punto de vista] de los que dicen que es permisible. El [castigo] a los hombres de las tribus ‘Uraina fue en represalia [por sus obras], o de lo contrario se hubiese abolido [como forma de castigo]. Por otra parte, [vemos que] un permiso por uno de los Compañeros del Profeta contradice la prohibición por otros compañeros. [6] El caso de los caballos y carrozas de guerra es una cuestión de necesidad; es decir, [tal acto] es permisible si se trata de la manera para vencer al enemigo’.

«La historia sobre la incineración de Abu Bak al creyente Iyas bin ‘Abd Yalil se cuenta en los libros de biografía e historia [Se dice:] ‘Iyas bin ‘Abd Yalil vino hacia Abu Bakr y le dijo: Dame armas para que pueda combatir contra los apóstatas. [Abu Bakr] le suministró armas y lo nombró comandante, pero [Iyas] se volvió contra los musulmanes… Abu Bakr descubrió esto, y envió gente a arrestar a [Iyas] y apresarlo. Abu Bakr ordenó encender un fuego en la mezquita de Medina, y luego lanzó a [Iyas] en este, envuelto en mantos’.

«Por lo tanto, los estudiosos estaban divididos respecto a la prohibición del incinerar, tal como ya hemos aclarado, y aquellos que dijeron que eso estaba prohibido hicieron excepciones para los casos en que esto se permitía. No hay duda de que la obra de Iyas bin ‘Abd Yalil justificó su incineración. Pueda Alá maximizar la recompensa del Califa del Mensajero de Alá por su celo al Islam». [7]

El Islam permite el castigo medida a medida

El tercer fatua, titulado «Los Límites del Principio de la Medida por Medida» y publicado el 5 de marzo, 2009 responde a un lector que preguntó cómo puede uno determinar cuándo se debe aplicar la regla de la medida por medida contra los enemigos de los musulmanes, y cuando no aplicarla. El fatua establece: [8]

«El principio correcto del Islam es que no existe permiso para castigar medida por medida, siempre y cuando esto no viole nuestra religión… Los comentaristas del Corán dice que quien se vea perjudicado por un acto injusto tendrá venganza contra aquel que transgredió en contra de este, si tiene éxito en superarlo, de una manera que sea similar a la injusticia cometida contra él, y este no debe desviarse de esto hacia otras obras. Ante esto, es posible matar a un asesino como venganza en el manera que este asesinó… y por esta razón, el [estudioso] de Maliki Khalil dijo en su libro Mukhtasar [Khalil], ‘Le matarán tal como este mató, incluso con fuego, pero no por medio de intoxicación o por medio de sodomía’…»

El autor del fatua subrayó: «Pero si el agresor mata de una manera que está prohibido por el sharia, no debe morir de una manera que Alá haya prohibido… La relación de medida por medida está permitida, siempre y cuando [no implique un acto] prohibido por nuestra religión».


[1] Un enlace a este portal también se encuentra en el portal del Gobierno de Qatar, que invita a los lectores a «ponerse en contacto con Islamweb, el cual pertenece al Ministerio de Dotaciones Religiosas y Asuntos Islámicos en el Estado de Qatar, por un dictamen del sharia sobre cualquier tema de interés».

[2] Véase: http://www.islamweb.net/ramadan/index.php?page=ShowFatwa&lang=A&Id=123722&Option=FatwaId

[3] En el 2008 hubo informes de que el Estado Islámico de Irak (la anterior encarnación del EIIS) había incinerado hombres de tribus iraquíes que había tomado cautivo. Tal vez estos fueron los incidentes que el autor había escuchado.

[4] Véase el informe del PSATJ de MEMRI, «El EIIS emite fatua justificando el incinerar al piloto jordano», 4 de febrero, 2015.

[5] Islamweb.net, 17 de junio, 2009.

[6] Esto quiere decir de que existen otras historias sobre los compañeros del Profeta que indican el incinerar está prohibido, por lo que las historias sobre Abu Bakr y Khalid Ibn Al-Walid no pueden tomarse como prueba concluyente de la permisibilidad del acto de incineración.

[7] Islamweb.net 7 de febrero, 2009.

[8] Islamweb.net 5 de marzo, 2009.