El 12 de abril del 2013, el portal salafista jihadista Minbar Al-Tawhid Wal-Jihad (MTJ) publicó un fatua sobre el permitir atentar contra sinagogas e iglesias. El fatua, escrito por el jeque Abu Mundir Al-Shinqiti en nombre del portal del Comité del Sharia, fue emitido en respuesta a una pregunta de un lector que se hace llamar Assad Al-Ma’arik, quien le preguntó específicamente sobre el atentar contra los «lugares de culto de los judíos en los estados europeos». Al-Shinqiti aprovechó la oportunidad para hacer frente a la cuestión general de atacar las casas de culto judías y cristianas. La esencia de su respuesta fue el que atacar o destruirlas es legítimo en algunos casos, pero sin embargo es desaconsejable.
Lo siguiente son los puntos principales del fatua de Al-Shinqiti:
El jeque inicia resumiendo una opinión compartida por muchos juristas islámicos, es decir, atacar las casas de culto es ilegítimo. Esta opinión está basada en el Corán 22:40: «Si Alá no hubiese defendido a algunos hombres por el poder de otros, los monasterios, iglesias, sinagogas y mezquitas en donde celebran todos los días su alabanza habrían sido totalmente destruidas».
Al-Shinqiti rechaza este punto de vista, adoptando la opinión del estudioso medieval Ibn Al-Al-Qaym Al-Jawziyya, a quien cita extensamente. Ibn Al-Qaym argumentó que el versículo anterior se refiere sólo a la era pre-islámica, y que, cuando el judaísmo y el cristianismo pierden su validez con la aparición del Islam, sus lugares de culto también perdieron su estatus de protección, total o parcialmente. Al-Shinqiti añade: «La prohibición de destruir iglesias y sinagogas no se deriva de [cualquier característica en las edificaciones por si solas] o cualquier situación de privilegio que disfrutan, sino más bien depende de la situación de las personas que rezan allí… No existe decisión específica permanente respecto a los lugares de culto de los no musulmanes. Su condición está determinada por el estatus del pueblo al que pertenecen».
Al-Shinqiti pasa a explicar que existen dos tipos de lugares de culto protegidos de los ataques: los que pertenecen a los monoteístas que viven como dhimmi en un estado musulmán y los monasterios aislados.
A continuación afirma que algunas sinagogas e iglesias – es decir aquellas «que pertenecen a los enemigos del Islam» – pueden ser atacadas cuando hay una necesidad urgente de hacerlo, es decir, en las siguientes circunstancias:
A. Cuando la gente que las frecuentan son enemigos del Islam y combaten contra los musulmanes.
B. Cuando estos templos sirven como centros de actividad anti-musulmán – ya sea para la incitación, o para reunir las armas a fin de combatir a (los musulmanes), o para encarcelar a musulmanes y hacerlos que se desvíen de su religión.[1]
C. Cuando los enemigos de los musulmanes atacan mezquitas.[2] «Entonces es sin lugar a duda legítimo atacar a [estas sinagogas e iglesias] en represalia, ya que Alá dijo en [Corán 2:149]: ‘Si alguien te ataca, atácalo igual como este te atacó'».
Por último, aunque Al-Shinqiti permite atacar sinagogas e iglesias en determinadas circunstancias, este llega a la conclusión de que es preferible evitarlo, tanto por razones religiosas y tácticas. Este escribe: «Si no existe la necesidad, y no hay razón que exija un ataque a los lugares de culto de los enemigos…, entonces es mejor evitarlo, por dos razones: Primero, atacarlas [sin necesidad verdadera] no alcanzará ningún objetivo religioso o militar. Segundo, esto puede ser considerado como un intento de obligar a la gente en los asuntos de fe [es decir, obligarlos a convertirse al Islam], ya que se trata de un [acto de] acoso a nuestros rivales religiosos y tratarles de que no practiquen [su religión]. La ley islámica estipula que no hay coerción en la religión. Además, atacar las casas de culto, [incluso] en los casos en que sea legítimo, será utilizado como pretexto para difamar al jihad. Por lo tanto, los mujahideen no deberían recurrir a esta táctica excepto cuando exista una necesidad urgente».
[1] Puede ser una referencia a Egipto, donde los extremistas musulmanes han acusado a los coptos de secuestrar a musulmanes y retenerlos en iglesias.
[2] Podría ser una referencia a Israel y sus supuestos ataques contra mezquitas palestinas. De acuerdo con esta lógica, atacar sinagogas judías podría considerarse legítimo.