Introducción

En marzo del 2008, la primera iglesia católica en Qatar – Nuestra Señora del Rosario – fue inaugurada en la capital, Doha. Construida en suelo donado por el Emir de Qatar, tiene como objetivo servir a unos 100,000 católicos que viven en Qatar, casi todos ellos obreros extranjeros, que hasta entonces fueron obligados a celebrar sus servicios en escuelas y casas privadas. Nuestra Señora del Rosario, la cual está asociada a una iglesia madre en Abu Dhabi es una de cinco iglesias de varias denominaciones cuya construcción fue autorizada recientemente por el gobierno de Qatar. Las iglesias tienen la prohibición de conducir actividades misioneras y de desplegar símbolos religiosos externos.

Aprobando la construcción de estas iglesias, Qatar se ha unido a otro estados del Golfo – incluyendo a Bahrein, Kuwait, Yemen, los EAU y Omán – qué permiten a las iglesias operar dentro de sus fronteras.

La primera iglesia en la región del Golfo fue construida en Bahrein, que hoy tiene unas 30 iglesias, sirviendo a aproximadamente 30,000 ciudadanos cristianos y a muchos extranjeros. Kuwait tiene unas 10 iglesias, sirviendo a aproximadamente 200 ciudadanos y 400,000 extranjeros. Hace tres años, Kuwait entregó dos parcelas grandes de tierra para la construcción de iglesias adicionales, pero objeciones por islamistas en el parlamento y las autoridades municipales han tardado la aplicación de los planes. [1]

Arabia Saudita así permanece siendo el único estado del Golfo que todavía prohíbe la construcción de casas de culto no-musulmanes, a pesar de la presión del Vaticano. Según el representante del Vaticano en el Golfo, de tres a cuatro millones de cristianos vive en Arabia Saudita; sin embargo, los saudíes niegan estas cifras. [2]

La acción de Qatar ha vuelto a encender el debate sobre la permisología de las iglesias en la Península Arábiga. A continuación se presenta una revisión de los argumentos principales en el debate.

¿Quién está autorizado para aprobar la construcción de iglesias?

Algunos argumentaron que la decisión de si las iglesias son permisibles en la Península Arábiga sólo puede ser hecha por el establishment religioso, mientras otros argumentaron que está dentro de la jurisdicción del gobernante. Entre los defensores del último punto de vista estaba el Jeque Yousef Al-Qaradhawi, jefe de la Asociación Internacional de Estudiosos Musulmanes, quien reside actualmente en Qatar y es un partidario prominente de la decisión de ese país en permitir construir iglesias. El Jeque Al-Qaradhawi emitió recientemente un fatwa que permite la construcción de iglesias en los países islámicos, e incluso le permite a los musulmanes participar en esa construcción. Él argumentó que, desde un punto de vista religioso, el tema de las iglesias cae bajo el principio islámico de «lo bueno en general» (maslaha), que es responsabilidad exclusiva del gobernante:

«Construir una iglesia en los países musulmanes… para los ciudadanos cristianos y para otros… a quien los estudiosos musulmanes han designado como dhimmis no es un pecado, mientras tengan una necesidad verdadera [de una iglesia]… y hayan obtenido el permiso del gobernante… Esto también es verdad para los no-musulmánes que no son ciudadanos sino que han entrado a los países musulmanes [legalmente]…

«[El problema de las iglesias] tiene que ver con las relaciones mutuas [entre países]. [Si los cristianos] les permiten a los musulmanes construir mezquitas en sus países y realizar sus rituales allí, [los musulmanes deberían corresponder por igual]. En mi opinión, [el tema de] permitirle a los cristianos construir una iglesia en Qatar cae bajo esta categoría. Basado en los principios islámicos en asuntos de estado, [qué resulta] en el proteger el interés público mientras conserva las metas del shari’a, [autorizar las iglesias] es la prerrogativa del gobernante… [Es más], los musulmanes pueden participar en la construcción [de las iglesias]». [3]

Oponentes de este punto de vista argumentaron que la construcción de iglesias en los países musulmanes no tenía nada que ver con el interés público, y así no clasificaba bajo la jurisdicción del gobernante. El Jeque saudita ‘Abd Al-Rahman bin Nasser Al-Barrak, anterior disertante de la Universidad Imam Muhammad bin Sa’ud en Riad, declaró en un fatwa de que «no es permisible permitir iglesias en los países musulmanes para que [los musulmanes] puedan construir mezquitas en los países [cristianos]…» [4] El jeque saudita Dr. Sa’ud ‘bin Abdullah Al-Fanisan, ex decano de Estudios del Shari’a en la misma universidad, declaró en una entrevista que «ningún régimen político – sea este un Califato que representa a todos los musulmanes, o un régimen local – puede cambiar el principio de [prohibir la construcción de iglesias], así como no puede cambiar los límites del haram [la sagrada región en la Meca] o hacer [otros cambios prohibidos] en la Península Arábiga». [5]

Otro punto del debate fue el por qué se habían expulsado a no-musulmanes de la Península Arábiga durante el siglo 7. [6] Algunos declararon que la expulsión fue motivada por principios religiosos, y fue por consiguiente un asunto para los clérigos religiosos. Otros dijeron que la expulsión fue por consideraciones de seguridad, colocándolo bajo la jurisdicción del gobernante político – al igual que lo es el tema de construir iglesias hoy.

El último punto de vista fue apoyado por el reformista de Qatar Dr. ‘Abd Al-Hamid Al-Ansari, ex decano de leyes y del shari’a en la Universidad de Qatar, [7] así como también por el Miembro del Concejo del Shura Saudita y consejero del Ministerio de Leyes Jeque ‘Abd Al-Muhsin bin Nasser Aal ‘Obikan. En un artículo en el semanario saudita Rayat Al-Tawhid, ‘Obikan escribió: «La orden [de expulsar a los no-musulmanes] vino del gobernante. Prueba de esto es [el hecho de que el primer Califa] Abu Bakr no expulso a los judíos, y los compañeros del Profeta no se lo pidieron. Esto [implica] que los ciudadanos no tienen ningún derecho de interferir en asuntos bajo la autoridad del gobernante… La expulsión depende de lo que se es considerado lo bueno en general… tal como es declarado por [el prominente estudioso musulmán medieval] Ibn Taymiya. Esto está apoyado por [el hecho de que el Profeta] Muhammad [mismo] no expulsó a [los judíos]…» [8]

Jeque Al-Fanisan, por otro lado, declaró que la expulsión de no-musulmanes de la Península Arábiga fue un deber religioso, y explicó que fueron sólo consideraciones prácticas que le impidieron al primer Califa expulsarlos: «La razón por el retraso en su expulsión tenía que ver con los intereses del pueblo en el estado islámico – eran necesitados como [obreros] agrícolas y proveedores de [otros] servicios. Durante su vida, el Profeta enfatizó la necesidad de expulsar a los politeístas de la Península Arábiga, y reiteró esto [de nuevo] antes de su muerte». [9]

Hadith: Ninguna religión sino el Islam puede residir en la Península Arábiga

Otro tema evocado en el debate es un hadith según el cual ninguna religión sino el Islam puede residir en la Península Arábiga. El Jeque Al-Barrak escribió en un reciente fatwa: «El hecho entristecedor es que algunos musulmanes aceptaron la demanda de los infieles de construir iglesias en ciertos países islámicos dentro de la Península de Arabia… Pero el hadith dice: ‘… La religión de los judíos y cristianos no puede residir junto a la de los musulmanes…» [10]

Esta prohibición fue invocada y elaborada en un fatwa emitido hace varios años por un grupo prominente de estudiosos sauditas, incluyendo al Jeque Mufti saudita ‘Abd Al-‘Aziz bin ‘Abdallah bin Muhammad Aal Al-Sheikh, jefe del Concejo de Antiguos Clérigos en Arabia Saudita,; así como también el Jeque ‘Abdallah bin ‘Abd Al-Rahman Al-Ghudian y el Jeque Salah bin Fawzan Al-Fawzan, ambos de ellos miembros del Concejo de Antiguos Clérigos y del Concejo Permanente para la Investigación Científica y Opiniones Legales. El fatwa dijo: «La Península Arábiga es un haram islámico [región sagrada restringida a los musulmanes]. Un infiel no se le debe dar el permiso religioso o político para infiltrarlo, convertirse en ciudadano o comprar bienes raíces allí – y menos construir una iglesia cristiana». [11]

Otro asunto de debate fueron los límites del Jazirat Al-Arab (la Península Arábiga tal como fue mencionado en fuentes musulmanas). El Jeque Al-Barrak y el Jeque Al-Fanistan declararon que esta región incluye a todos los estados modernos del Golfo – desde el Mar Rojo hasta el Golfo Pérsico, y desde el Mar Árabe al sur del moderno Irak. En contraste, el Dr. Al-Ansari, el Jeque ‘Obikan y el Jeque Al-Qaradhawi declararon que Jazirat Al-Arab incluyó sólo el Hijaz, la Meca y Medina. ‘Obikan escribió: «La región del cual Muhammad ordenó expulsar a los politeístas es la región de la Meca y Medina, porque son sagradas…» [12]

El Dr. Al-Ansari argumentó de manera similar: «El principio [donde declara que] ninguna otra fe puede residir junto al Islam en la Península Arábiga [no es relevante al tema de construir] iglesias en Qatar, ya que los estudiosos religiosos creen que este sólo se refiere al Hijaz, la Meca y Medina… Esto es evidente del hecho que las casas de culto [el no-musulmanes] continuaron existiendo en Yemen, Najran y Tayma [durante la vida del Profeta y en los períodos posteriores, y del hecho que] las religiones monoteístas no-musulmanas continuaron residiendo en la Península Arábiga a lo largo de la historia musulmana». [13]

El Dr. Al-Ansari fue incluso extenso, declarando que las únicas fuentes válidas para las decisiones religiosas son el Corán y el Sunna, considerando que los fatwas son decisiones humanas que reflejan la era y las circunstancias en las cuales son emitidas, y por consiguiente no siempre están libres de error. Él también rechazó el concepto del ijma‘ (acuerdo amplio de estudiosos religiosos sobre cierto tema), argumentando que era poco realista.

El Dr. Al-Ansari escribió: «Respetamos los fatwas que prohíben la edificación de iglesias [en la Península Arábiga], pero ellas provienen de la internalización e imitación de [decisiones] religiosas antiguas, [y éstas] estaban basadas en circunstancias políticas, sociales y de seguridad de las sociedades árabes durante el tiempo en que estas fueron emitidas… Estas consideraciones religiosas fueron [presentadas por] seres humanos, y no son sagrados o están libre del errores. Deben estar sujetas al examen crítico… No están basadas… en textos religiosos sólidos… Nosotros debemos basarnos [sólo] en los textos del Corán y el Sunna, y son [sólo] estos textos lo que siempre son obligatorios… [En cuanto al concepto de] ijma‘, los hechos históricos no lo apoyan». [14]

Basado en su opinión de que el Corán y el Sunna son las únicas fuentes válidas para las decisiones religiosas, el Dr. Al-Ansari también rechazó el punto de vista islámico que divide el mundo musulmán en dos partes: Dar Al-Islam, regiones bajo mandato musulmán – en donde los dhimmis tienen algo de libertad de culto bajo el Convenio de ‘Omar – y las áreas Dar Al-Harb, que no están bajo el mandato musulmán, y es un deber religioso conquistarlos por medio del jihad. También rechaza la división de Dar Al-Islam en tres sub-categorías, (regiones que fueron obtenidas a través de un acuerdo de paz con no-musulmanes, en donde se permiten lugares no-musulmanes de culto; regiones que fueron obtenidas en una guerra con no-musulmanes; y regiones que los musulmanes han construido – en las últimas dos sub-categorías, está prohibido construir lugares de culto no-musulmán). Al-Ansari explica: «La división entre Dar Al-Islam y Dar Al-Harb es una división administrativa, no religiosa… y no tiene ninguna base en el shari’a, ya que no se encuentra en el Corán o el Sunna. Ni tampoco existe nada en las acciones del Profeta o sus compañeros que lo apoyen Estas divisiones fueron asignadas solo por políticos y consideraciones de seguridad, y no deberían ser tratadas como «decisiones obligatorias del shari’a. [15]

La condición de los dhimmis

La cuestión del estatus de los dhimmis – es decir, de si son o no infieles – también entró en el debate. El Jeque Al-Barrak declaró explícitamente en su fatwa que los judíos de hoy y los cristianos no eran dhimmis sino infieles, y por consiguiente deberían estar sujetos a las reglas del shari’a pertinentes a los infieles. Es decir, debería dársele una oportunidad de convertirse al Islam, y si se negaran, deben ser ejecutados. Él escribió: «Los judíos y cristianos contemporáneos son infieles… Cualquiera que no cree que son infieles, y que su religión es falsa, es [mismo] es un infiel… porque cualquiera que no siga al Profeta y crea en él no es musulmán sino infiel, y debe ser tratado según las reglas musulmanas respecto a los infieles. Las mezquitas son casas de Dios dónde nosotros le rendimos culto a El y le agradecemos a El, mientras que las iglesias son templos de culto de los infieles…que adoran a Jesús y a su madre como si fueran dioses…» [16]

El Dr. Al-Ansari, por otro lado, defendió enérgicamente el punto de vista opuesto, es decir que los dhimmis no eran infieles. Él declaró que el Islam siempre había reconocido la legitimidad de sus religiones, e incluso lo había visto incluso como su deber protegerlos, aunque estaba totalmente consciente de la naturaleza de su fe y sus rituales. Él agregó que el Islam, como tema de principios, consideró a los judíos y cristianos como seres humanos, y como tal les concedió todo derecho y libertad: «… Debería enfatizarse que el [Corán y Sunna] no imponen ninguna limitación en lo absoluto sobre el derecho de los no-musulmanes para realizar sus rituales… El argumento de que las iglesias son lugares de culto para los infieles y politeístas no puede justificar la falta de reciprocidad [en las relaciones entre los países]. Ni tampoco puede ser una razón para negarle a los [cristianos] el derecho de construir iglesias. El Islam, desde su propio comienzo, reconoció la legitimidad de otras [fe] y su derecho a existir, [basado en el verso] ‘Tendrás tu religión y yo tendré mi religión [Corán 109:6]’. El Profeta y sus compañeros garantizaron el derecho [a los no-musulmanes] de celebrar sus rituales, y se comprometieron a proteger a [los no-musulmanes] y a sus casas de culto, aunque estaban totalmente conscientes de la naturaleza de los rituales realizados allí. Ellos no los caracterizaron como templos infieles que no tienen derecho a la protección. [El califa] ‘Omar [bin Al-Khattab] removió la tierra que cubría el templo judío [en la Montaña de Templo] para que los judíos pudieran rendir culto allí, y no lo llamó un lugar de herejía.

«En nuestra opinión, reconocer al otro y su derecho a rendir culto no significa aceptar su religión como verdadera. Este reconocimiento descansa en un principio importante del Islam, es decir que como seres humanos, [los no-musulmanes] tienen todo el derecho y libertad, [incluyendo] el honor, la protección y [la libertad de] creencia y culto. No es para nosotros considerarlos responsables [por lo que creen]; nosotros no somos sus guardianes. Alá solo juzga en el día del Juicio Final, y en ninguna parte de nuestra historia dice que los musulmanes prohibieron a [los no-musulmánes a que rindan culto] sobre las bases de que las iglesias son lugares de culto para los infieles…

«En cuanto al [la demanda de que sólo] las mezquitas son el hogar de la [verdadera] fe y religión – esta es hecha desde el punto de vista de los musulmanes, y [los no-musulmanes] consideran a sus propios templos como tal. Toda la gente cree naturalmente que su religión es la verdadera. Pero esta creencia no es ninguna excusa para negarle a los otros sus derechos, incluyendo [su derecho] a la protección… Por consiguiente, desde [toda] perspectiva – [la del] Islam, el sentido común, la constitución de [Qatar] y los derechos humanos – es inconcebible prohibir la edificación de iglesias sobre la base de que fomentan la herejía y [constituyen] un insulto para los musulmanes…»

Dr. Al-Ansari argumentó que este punto de vista no sólo aplica al Judaísmo y al Cristianismo sino a todas las religiones, diciendo: «La libertad de creencia es una verdad innegable, y no sólo aplica a las religiones reveladas [e.d. el Judaísmo y Cristianismo]. Durante los últimos mil años, [también ha aplicado] a los mazdianos, los sabianos, los zoroastrianos y los budistas. [El derecho] a construir templos y rendir culto lleva consigo este [principio de] libertad de creencia». [17]

El ciudadano vs la condición de residente

Además de los argumentos religiosos, los bandos también adelantaron argumentos de un tipo diferente. El ex ministro de justicia de Qatar Najib Muhammad Al-Nu’aimi objetó a la construcción de iglesias sobre bases sociales y constitucionales. Él escribió: «Según su constitución, Qatar es un estado islámico y no secular. Por consiguiente, la decisión de permitir las iglesias debería ser aprobada por referéndum, para asegurar de que sea aceptada por la sociedad como un todo. [18] Al-Nu’aimi asemejó a Qatar con el Vaticano, declarando que al igual que el Vaticano no permite la edificación de mezquitas dentro de sus límites, Qatar no debería permitir las iglesias. [19] En otra ocasión, él argumentó: «Este asunto le pertenece a los extranjeros que residen temporalmente [en Qatar]. Entonces por qué debemos nosotros darles terreno [para construir iglesias]?» [20] Una demanda similar fue hecha por el miembro del Concejo Shura saudita Dr. ‘Abd Al-‘Aziz Al-Thunian, quién argumentó: «Los saudíes son todos musulmanes, no cristianos. Por consiguiente, no puede haber necesidad [de una iglesia], ya que [los cristianos] en Arabia Saudita son invitados, viviendo en el país [sobre una base temporal]. Su existencia allí no es el punto. [El punto es] que ellos vienen y van, al igual que los miembros de otras religiones [no-musulmanas]». [21]

En respuesta al argumento de Al-Nu’aimi sobre el Vaticano, el Dr. Al-Ansari contestó: «Qatar no es un estado religioso. Su constitución estipula que el Islam es [sólo] una fuente para la legislación… [De hecho] no puede ser comparada con el Vaticano, el cual es un estado religioso…» [22] El Dr. Al-Ansari también escribió: «El Artículo 50 de la constitución de Qatar dice: ‘Se concede la libertad de culto a todos’. [23] Respecto al referéndum, declaró que no había base alguna religiosa, constitucional o histórica para celebrar un referéndum en tales materias: No existe ninguna [necesidad] de celebrar un referéndum en materias que están bajo la jurisdicción del gobernante. [De hecho,] esto contradice la constitución de Qatar, así como también [nuestro] histórico historial de 1,400 años y el shari’a. Es más, los derechos y libertades no son cuestiones para un referéndum…» [24]

Con respecto al estatus de los cristianos que viven en los estados del Golfo, el Dr. Al-Ansari declaró que a los musulmanes que viven en Occidente se les conceden derechos basados en los principios de derechos humanos en lugar de derechos ciudadanos: «Permitir a los musulmanes [construir] mezquitas, Occidente esta motivado por las convenciones de derechos humanas generales, no por las consideraciones de los derechos del ciudadano. Occidente cree en el derecho de todos [los pueblos] – los ciudadanos y no-ciudadanos por igual – para construir casas de culto. Es más – los estados occidentales [incluso] subsidian a estas casas de culto». [25]

Académico saudita: Cuando el Vaticano reconozca a Muhammad, podremos hablar de construir iglesias en Arabia Saudita

El Dr. Anwar ‘Ishqi, jefe del Centro Saudita para Estudios Estratégicos del Medio Oriente, respondió a la demanda del Vaticano de permitir la edificación de una iglesia en Arabia Saudita. ‘Ishqi, que ha participado en varias conferencias de diálogo musulmán-cristiano dijo: «Nosotros [musulmanes] reconocemos la fe cristiana. [Reconocemos a] Jesús, Moisés, y todos los otros profetas. Si y cuando el Papa y todos los cristianos anuncien que reconocen al Profeta Muhammad, tendremos la voluntad de hablar sobre el [permitir] las iglesias en Arabia Saudita». [26]

* E. B. Picali es compañero de investigación en MEMRI.


[1] Para información adicional sobre las iglesias en los estados del Golfo, véase un informe del AFP del 14 de marzo, 2008 en www.elaph.com.

[2] www.alarabiya.net, 19 de marzo, 2008.

[3] www.qaradhawi.net, 19 de mayo, 2008.

[4] www.islamlight.net, 17 de mayo, 2008.

[5] www.islamonline.net, 14 de abril, 2008.

[6] Según un hadith, el Profeta Muhammad ordenó a la expulsión de todos los «politeístas» de la Península Arábiga. El segundo Califa, ‘Omar bin Al-Khattab, luego expulsó a los cristianos y judíos de todas las partes de la Península excepto Yemen.

[7] Al-Jarida (Kuwait), 29 de enero, 2008.

[8] http://www.raiat-altuheed.net/new/tahqeqat_view.php?tahqeqatID=7

[9] www.islamonline.net, 14 de abril, 2008.

[10] www.islamlight.net, 17 de mayo, 2008.

[11] www.islamonline.net, 14 de abril, 2008.

[12] http://www.raiat-altuheed.net/new/tahqeqat_view.php?tahqeqatID=7

[13] Al-Jarida (Kuwait), 29 de enero, 2008.

[14] Al-Jarida (Kuwait), 4 de febrero, 2008.

[15] Al-Jarida (Kuwait), 4 de febrero, 2008.

[16] www.islamlight.net, 17 de mayo, 2008.

[17] Al-Jarida (Kuwait), 5 de febrero, 2008.

[18] www.alarabiya.net, 6 de febrero, 2008.

[19] Al-Ittihad (EAU), 19 de marzo, 2008.

[20] www.alarabiya.net, 25 de octubre, 2005.

[21] www.alarabiya.net, 19 de marzo, 2008.

[22] Al-Ittihad (EAU), 19 de marzo, 2008.

[23] Al-Ittihad (EAU), 19 de marzo, 2008.

[24] Al-Ittihad (EAU), 19 de marzo, 2008.

[25] Al-Ittihad (EAU), 19 de marzo, 2008.

[26] www.alarabiya.net, 19 de marzo, 2008.